Aunque quizás ya lo sabes, el IBI es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, es decir, un impuesto que grava la propiedad de bienes de inmuebles, como, por ejemplo, viviendas o locales comerciales. En nuestro país, cada ayuntamiento es responsable tanto de su gestión como de su recaudación. Si eres de Barcelona, como una de las agencias inmobiliarias en Barcelona, te hablaremos a continuación sobre el IBI en Barcelona.
El cálculo se compone del valor catastral de la propiedad y en la tasa impositiva que, en este caso, aplica el Ayuntamiento de Barcelona. Así pues, debes, por un lado, obtener el valor catastral de la propiedad, conocer la tasa impositiva y, por último, calcular el valor del impuesto, multiplicando el valor catastral por la tasa impositiva (0,66 %). Por lo que, en el caso de que el valor del inmueble sea 150 000 €, el importe será de 990 €, (150 000 x 0,66= 990).
Al valor catastral de la vivienda, sin embargo, se tendrá que aplicar un coeficiente que varía entre el 0,4 % y el 1,1 %. Según la normativa del Ayuntamiento de Barcelona, los coeficientes se clarificarán en inmuebles urbanos (0,66 %), rústicos (0,66 %) y de características especiales (0,80 %).
Barcelona ingresó en 2020 un total de 683,7 millones de euros en concepto de IBI urbano
Para ayudar a afrontar este pago, se ha establecido, actualmente, dos plazos. En cuanto a las propiedades urbanas, el IBI se factura anualmente en dos fracciones iguales, una en mayo y otra en noviembre. Aunque, si el importe es inferior a 12 €, el pago se tendrá que efectuar en un solo plazo.
Además, en la Ciudad Condal, si una vivienda se encuentra vacía, el ayuntamiento puede aplicar un recargo en el IBI, es decir, el recargo del IBI por inmuebles vacíos. Este impuesto tiene el objetivo de incentivar a los propietarios a poner en uso sus propiedades y reducir el impacto que supone tener viviendas vacías en la ciudad.
El recargo es del 50 % del importe del IBI que corresponde a la propiedad. Aunque existen ciertas excepciones para aquellas propiedades que están en proceso de rehabilitación o en situación de fuerza mayor.
¿Cuáles son las bonificaciones del IBI en Barcelona por vender un piso?
Existen distintas bonificaciones en el pago del IBI, dependiendo de la situación personal y de la propiedad. Pero ¿cuáles son y quiénes se pueden beneficiar de estas? Te lo contamos, a continuación:
Por familia numerosa, con una bonificación del 50 % en el pago del IBI.
Por mayores de 65 años o discapacitados, con una bonificación también de la mitad del pago.
Por una vivienda habitual con un valor catastral inferior a 100 000 €. Se puede solicitar una bonificación del 30 % en el pago.
Por vivienda protegida, con una bonificación del 50 %.
Por rehabilitación de edificios. Se puede solicitar el 50 % durante los 3 años siguientes a la finalización de las obras.
¿Quién se ocupa del IBI cuando se vende un piso?
Según la ley de haciendas locales, el IBI debe ser pagado por aquella persona que sea propietaria del inmueble a día 1 de enero. Así pues, si la venta se lleva a cabo el día 2 de enero, el antiguo propietario deberá pagar el total de la tasa.
No obstante, una sentencia del Tribunal Supremo, realizada el 15 de junio de 2016, dictó que el vendedor podía repercutir al comprador la parte proporcional del IBI del año. Por lo que, si la venta se lleva a cabo el 2 de enero, el vendedor solo tendrá que asumir el IBI que equivale a los dos primeros días del año.
Como una de las agencias inmobiliarias en Barcelona, te aconsejamos que estés atento/a a otros importes que tendrás que asumir si vas a vender un piso en Barcelona. Recuerda que deberás responsabilizarte de una serie de gastos extras de la compraventa, como la Plusvalía Municipal o el IRPF. Puedes obtener más información en nuestro blog sobre los gastos que tiene el comprador de una vivienda.
Todo lo que debes saber sobre el IBI en Barcelona
Aunque quizás ya lo sabes, el IBI es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, es decir, un impuesto que grava la propiedad de bienes de inmuebles, como, por ejemplo, viviendas o locales comerciales. En nuestro país, cada ayuntamiento es responsable tanto de su gestión como de su recaudación. Si eres de Barcelona, como una de las agencias inmobiliarias en Barcelona, te hablaremos a continuación sobre el IBI en Barcelona.
El cálculo se compone del valor catastral de la propiedad y en la tasa impositiva que, en este caso, aplica el Ayuntamiento de Barcelona. Así pues, debes, por un lado, obtener el valor catastral de la propiedad, conocer la tasa impositiva y, por último, calcular el valor del impuesto, multiplicando el valor catastral por la tasa impositiva (0,66 %). Por lo que, en el caso de que el valor del inmueble sea 150 000 €, el importe será de 990 €, (150 000 x 0,66= 990).
Al valor catastral de la vivienda, sin embargo, se tendrá que aplicar un coeficiente que varía entre el 0,4 % y el 1,1 %. Según la normativa del Ayuntamiento de Barcelona, los coeficientes se clarificarán en inmuebles urbanos (0,66 %), rústicos (0,66 %) y de características especiales (0,80 %).
Para ayudar a afrontar este pago, se ha establecido, actualmente, dos plazos. En cuanto a las propiedades urbanas, el IBI se factura anualmente en dos fracciones iguales, una en mayo y otra en noviembre. Aunque, si el importe es inferior a 12 €, el pago se tendrá que efectuar en un solo plazo.
Además, en la Ciudad Condal, si una vivienda se encuentra vacía, el ayuntamiento puede aplicar un recargo en el IBI, es decir, el recargo del IBI por inmuebles vacíos. Este impuesto tiene el objetivo de incentivar a los propietarios a poner en uso sus propiedades y reducir el impacto que supone tener viviendas vacías en la ciudad.
El recargo es del 50 % del importe del IBI que corresponde a la propiedad. Aunque existen ciertas excepciones para aquellas propiedades que están en proceso de rehabilitación o en situación de fuerza mayor.
¿Cuáles son las bonificaciones del IBI en Barcelona por vender un piso?
Existen distintas bonificaciones en el pago del IBI, dependiendo de la situación personal y de la propiedad. Pero ¿cuáles son y quiénes se pueden beneficiar de estas? Te lo contamos, a continuación:
¿Quién se ocupa del IBI cuando se vende un piso?
Según la ley de haciendas locales, el IBI debe ser pagado por aquella persona que sea propietaria del inmueble a día 1 de enero. Así pues, si la venta se lleva a cabo el día 2 de enero, el antiguo propietario deberá pagar el total de la tasa.
No obstante, una sentencia del Tribunal Supremo, realizada el 15 de junio de 2016, dictó que el vendedor podía repercutir al comprador la parte proporcional del IBI del año. Por lo que, si la venta se lleva a cabo el 2 de enero, el vendedor solo tendrá que asumir el IBI que equivale a los dos primeros días del año.
Como una de las agencias inmobiliarias en Barcelona, te aconsejamos que estés atento/a a otros importes que tendrás que asumir si vas a vender un piso en Barcelona. Recuerda que deberás responsabilizarte de una serie de gastos extras de la compraventa, como la Plusvalía Municipal o el IRPF. Puedes obtener más información en nuestro blog sobre los gastos que tiene el comprador de una vivienda.